Se
reúnen en Madrid el 14 de febrero de 2014 a las 10,15 horas las personas abajo
referenciadas, en la condición de miembros de la Comisión Paritaria para la
interpretación y aplicación de Convenio Colectivo de Empresas de Seguridad
2.012 - 2.014.
PRIMERO.-
Por parte de Aproser se ha presentado un escrito ante esta Comisión Paritaria
en que expone lo siguiente:
1º
Que el pasado día 20 de diciembre de 2.013, en reunión habida al efecto, la
Comisión Negociadora del Convenio, compuesta por patronales APROSER, FES Y UAS
y las centrales sindicales de UGT, CCOO, USO Y LA CIG, por acuerdo mayoritario
pactaron la suspensión de la entrada en vigor de las tablas de retribuciones y
demás conceptos económicos previstos en el Convenio con efectos 1 de enero, hasta
el 15 de febrero de 2014, en tanto se
llevaban a cabo las reuniones pertinentes con el fin de modificar las condiciones
laborales previstas para el mencionado año 2014 y adaptarlas a la grave
situación económica de sector en aras de mantener el mayor número de empleos
posibles y preservar el convenio colectivo del sector.
2º
Que hasta la fecha no ha sido posible un acuerdo entre ambas partes,
agravándose además las dificultades para ello con la entrada en vigor del RDL
16/2013 de el 22 de diciembre de 2013, que dispone la nueva cotización del Plus
de Distancia y Transporte establecido en el art. 72 del Convenio Colectivo, que
incrementa los costes para las empresas en un 2,07% de la masa salarial, por lo
que hace inviable la aplicación del Convenio Colectivo previsto para su entrada
en vigor a partir del 1 de enero de 2014, poniendo en grave riesgo el nivel de
empleo del sector, si no se procede a su correspondiente revisión.
3º
Que ante la grave y perentoria situación, y ante la dificultad del oportuno acuerdo,
es pretensión de esta parte la interposición de un conflicto colectivo con el
traslado previo y conocimiento de esta Comisión Paritaria, de acuerdo con lo
dispuesto en el art. 9 del vigente Convenio Colectivo.
SEGUNDO.-
Por parte de la representación empresarial, en conformidad con las razones
expuestas por APROSER en su solicitud de convocatoria, se solicita se proceda a
la renegociación de las condiciones económicas y laborales contenidas en el
Convenio Colectivo de Empresas de Seguridad correspondiente al año 2.014.
TERCERO.-
Por parte de la representación sindical se expone que ha de estarse a lo
negociado entre las partes que forman parte de la Comisión Negociadora del
Convenio Colectivo, en lo referente a la
suspensión hasta el 15 de febrero de 2014 de las Tablas Salariales pactadas
para el año en curso. Por tanto, una vez alcanzada dicha fecha sin que exista
un acuerdo que sustituya al anterior, serán de aplicación las Tablas Salariales
que aparecen en el Anexo de salarios y otras retribuciones para el año 2014 del
Convenio Colectivo.
CUARTO.-
No habiéndose alcanzado el necesario consenso entre las partes, APROSER comunica
en este acto la interposición del conflicto colectivo en atención a las razones
previamente expuestas y una vez cumplido el trámite contenido en al artículo 9
del Convenio Colectivo.
Y
sin más asuntos que tratar, siendo las 11,00 horas, firman la presente acta en
prueba de conformidad los asistentes a la reunión.


