Adherida a ITF,
UITA y UNI
Madrid, 24 de noviembre de 2017
Fue en 1999 cuando la
Asamblea General de la ONU declaró el 25 de noviembre como el Día Internacional
de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer. Un día ligado a la
conmemoración de la tortura y asesinato en 1960 de las tres hermanas Mirabal,
activistas políticas de la República Dominicana, por orden del dictador
dominicano Rafael Trujillo. Esta fecha se ha convertido en una jornada mundial
de visibilización y de rechazo social, porque cada día hay mujeres y niñas en
todo el planeta que sufren violencia en sus vidas por el hecho de serlo. En
nuestro país, es un día de actos y reivindicaciones políticas en la calle a las
que estamos llamados y llamadas a participar.
Además es un día para
recordar que, desde la acción sindical, en el ámbito laboral, dentro de las
empresas y de los centros de trabajo, también hay espacio para poder
sensibilizar, concienciar y detectar casos de violencia de género.
Es imprescindible poder
seguir realizando acciones, como las que desde nuestra federación estatal se
promueven a través de los planes de igualdad entre mujeres y hombres, en los
que se desarrollen medidas que ayuden a las mujeres a mejorar sus condiciones
de trabajo en cuanto a horarios, en cuanto a permisos, a traslados, a poder
salvaguardar su integridad…. Pero además, debemos tener en cuenta que una de
las expresiones de la violencia de género en el entorno laboral, como una
manifestación contraria a la igualdad entre mujeres y hombres en las empresas,
es el acoso sexual y/o por razón de sexo, cuestión que debemos trabajar también
desde la acción sindical en los centros
de trabajo.
Promover protocolos de
actuación consensuados con la representación de los trabajadores y
trabajadoras, medidas que estén dirigidas a la prevención del acoso sexual, que
ayuden a crear un ambiente libre de situaciones de acoso, que garantice el
respeto y la dignidad de las personas en el trabajo, así como a aportar claves para la
identificación de los factores que favorecen la aparición de conductas de acoso
sexual para poder después pasar a visualizar estas cuestiones en los entornos
laborales, debe ser una de las materias relevantes dentro de los Planes de
Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
Este mandato queda
recogido en la Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y
hombres en su artículo 48, y también nuestro recién estrenado documento
“criterios de la igualdad de género para la negociación de protocolos de acoso
sexual y/o acoso por razón de sexo”, recientemente aprobado en el tercer comité
confederal. No podemos dejar pasar más tiempo para atajar esta lacra.
Por todos estos temas, por
todas estas razones y por las que nos quedan por seguir trabajando, una vez
más, FeSMC-UGT dice No a la violencia de
género, e insistimos en la necesidad de mayor compromiso y determinación para
erradicar la violencia contra las mujeres; en mejorar las medidas legales,
reforzar y garantizar los derechos laborales para conciliar los requerimientos
de la relación laboral, con las circunstancias de las trabajadoras que sufren
violencia de género, y eliminar los obstáculos que dificultan o impiden su
ejercicio en la práctica en las empresas.