sábado, 9 de febrero de 2008

INSTRUCCIONES AYUDA A LA MATERNIDAD 100 EUROS.

El artículo 83 del RD Legislativo 3/2004 (Texto refundido de la Ley del IRPF) establece una deducción para las mujeres que trabajen fuera del hogar con hijos menores de 3 años, de hasta 1.200 euros anuales por cada uno de ellos.
Quiénes pueden beneficiarse de esta deducción
1. Las mujeres con hijos menores de 3 años que trabajen por cuenta propia o ajena, dadas de alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social o Mutualidad y que convivan con los hijos, siempre que cada hijo no obtenga rentas anuales superiores a 8.000 euros (sin contar a estos efectos las rentas exentas), ni presente declaración ni la solicitud de devolución rápida. En el caso de hijos adoptados o acogidos, la deducción se podrá aplicar durante los tres años posteriores a la fecha de la inscripción de la adopción o del acogimiento en el Registro Civil. Cuando no sea necesaria la inscripción, la deducción se podrá practicar a partir de la fecha de la resolución judicial o administrativa que la declare.
2. El padre o tutor, en caso de fallecimiento de la madre, o cuando ostente la guarda y custodia de forma exclusiva, tendrá derecho a la deducción pendiente. En este caso, también deben cumplirse los requisitos anteriores.
Importe
La deducción será de hasta 1.200 euros/año por hijo menor de 3 años; se calcula proporcionalmente al número de meses en que concurren los requisitos anteriores, incluido el mes del nacimiento y no computando el del cumplimiento de los 3 años.
Tiene como límite para cada hijo, las cotizaciones y cuotas totales de Seguridad Social y Mutualidades de carácter alternativo devengadas en el ejercicio con posterioridad alnacimiento y hasta que cumpla tres años. Este importe incluye las cuotas tanto del empleador como del empleado y no se descuentan las bonificaciones practicadas.
Ejemplo para el ejercicio 2007:
Dña. M. estuvo de alta en Seguridad Social todos los meses de 2007 y cotizó (entre ella y la empresa) 1.350 euros.
• Hija A nacida el 15 de junio de 2004 (cumple 3 años el 15 de junio de 2007).• Hijo B nacido el 15 de enero de 2007.
Deducción Hija A: 500 euros (5 meses) Deducción Hijo B: 1.200 euros (12 meses) Total deducción Dña. M. año 2007: 1.700 euros
Usted puede elegir cómo beneficiarse de la deducción
La Agencia Tributaria le ofrece dos sistemas alternativos, que no suponen alteración del importe de la deducción:
Opción 1:
Incluir la deducción en la declaración anual del I.R.P.F. o, para las madres no obligadas a declarar, en la correspondiente solicitud de devolución rápida.
Opción 2:
De forma anticipada. Este sistema permite el cobro, cada mes en el que se cumplan los requisitos, de 100 euros por hijo, a través de transferencia bancaria.
PROCEDIMIENTO DE PAGO ANTICIPADO
Quienes deseen acogerse a este sistema de pago anticipado deben solicitarlo presentando el modelo 140, en nuestras oficinas, por correo, a través de Internet o llamando al Centro de Atención Telefónica de Gestión Tributaria 901 200 345.
Cualquiera que sea el medio elegido, deberán comunicarse los datos identificativos de la solicitante e hijos, el régimen y número de afiliación a la Seguridad Social o Mutualidaden el que figure de alta y la cuenta corriente (20 dígitos) en la que se desea recibir el ingreso.
El modelo 140 estará disponible en todas las oficinas de la Agencia Tributaria, en los Registros Civiles y en http://www.agenciatributaria.es/.
Descargar modelo 140 para solicitud de la deducción en formato PDF.