En el informe adjunto,
analizamos y damos respuesta a las siguientes cuestiones planteadas:
a)
¿Una reducción de
jornada decidida por la empresa o acordada con la representación
legal de los trabajadores convierte el contrato a tiempo completo en contratos a tiempo parcial?
b)
¿La reducción del tiempo de trabajo imputable a la
empresa puede ser constitutivo de despido
parcial o, por el contrario, esa situación podría integrar una modificación sustancial de las condiciones de
trabajo contemplada en el art. 41 ET?
c)
¿Existe CONVERSION DEL CONTRATO en una
SUBROGACIÓN PARCIAL?



