martes, 20 de diciembre de 2011

SP018 INAPLICACIÓN TABLAS SALARIALES - 2


Estimado/a compañero/a:
Ante la situación de inestabilidad manifiesta que vivimos en el ámbito de las relaciones laborales dentro del sector de la seguridad privada, desde UGT contemplamos con preocupación un posible escenario con intentos de inaplicación de las tablas salariales pactadas en el Convenio Colectivo Estatal por parte de las empresas del sector, argumentando una previsión de perdidas, con documentos económicos que no necesariamente correspondan con la realidad ni las condiciones especificas de la empresa.
La posición del Sector de la Seguridad Privada de FeS-UGT Murcia en relación a cualquier intento de descuelgue salarial por empresas de seguridad esextremar la prudencia y no firmar acuerdos que imposibiliten la obligación de las empresas de abonar a sus trabajadores las remuneraciones pactadas en el Convenio Colectivo del Sector para el año 2012.
Como ya indicamos en nuestra circular de 22-08-2011 las empresas están obligadas a poner a disposición de los representantes de los trabajadores cualquier tipo de documentación económica que precisen. La información debe centralizarse en las cuentas sociales de la empresa depositadas en el Registro Mercantil. Este registro y depósito permite a cualquier Sindicato informarse con detalle de esas cuentas pretendidamente negativas, estudiarlas (normalmente con el asesoramiento de expertos en microeconomía y contabilidad) y confrontarlas y combatirlas críticamente. No resulta admisible, pues, la acreditación de pérdidas por medios que no reflejen, con cierta seguridad, el verdadero estado de la sociedad empresarial, bien por el medio indicado o, al menos, mediante un sólido informe de tipo Económico-Contable (Auditoría o similar) efectuado por profesionales de solvencia y ajenos a la empresa.
El contenido normativo del actual Convenio Colectivo Estatal de las Empresas de Seguridad 2009 - 2012 es de obligatoria observancia, incluido como no, el régimen de salarios. En consecuencia, cualquier empresa en el ámbito de la Región de Murcia que decida de forma unilateral congelar el próximo año las retribuciones de sus trabajadores, no es una opción válida jurídicamente. A la misma solución se debe llegar cuando no existan los presupuestos necesarios para lograr el acuerdo, en concreto inexistencia de representación colectiva de los trabajadores (Comité de Empresa o Delegados de Personal) o Comisión Negociadora, sin que desde luego pueda sustituir este requisito la firma de un acuerdo plural del empresario con cada uno de sus trabajadores.
Por lo tanto, desde el Sector de Seguridad Privada de FeS – UGT MURCIA vamos a combatir con autonomía y plena responsabilidad cualquier intento unilateral de “descuelgue”. Como ya indicamos en la anterior circular informativa de 22-08-2011, sin acuerdo con los Comités de Empresa o los Delegados de Personal el mecanismo de desenganche no funciona, siendo la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo Estatal el órgano competente para escuchar a las partes y adoptar la decisión oportuna.
UGT va a poner especial atención en fiscalizar día a día a las empresas que intenten un descuelgue salarial, vigilando el cumplimiento del Convenio Colectivo en su integridad.


SECRETARIA SECTORIAL DE SEGURIDAD PRIVADA
FeS-UGT MURCIA
seguridad@murcia.ugt.org