Tras nuestras circulares de 17-2-2012 y 10-3-2014 os volvemos a remitir un informe jurídico actualizado sobre las condiciones generales de las LICENCIAS del artículo 46 del Convenio Colectivo Estatal de las Empresas de Seguridad en el que los trabajadores tienen derecho a su disfruteSIN PÉRDIDA DE LA RETRIBUCIÓN.
No nos olvidados del Permiso retribuido de un día por asuntos propios.